SII - Oficio N°1962 (12-07-2023)
Oficio N°1962 (12-07-2023) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del IVA a servicios de publicidad prestados en Chile a clientes sin domicilio ni residencia en el país, analizando su tratamiento como exportación de servicios y la recuperación del IVA soportado.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1962, de 12.07.2023, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII, dirigido a contribuyentes que prestan servicios de publicidad. La Directora (S) es Carolina Saravia Morales. La materia es el IVA en servicios de publicidad.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante evalúa prestar servicios de publicidad en Chile a clientes sin domicilio ni residencia en el país, con el objetivo de aumentar sus ingresos o ventas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Aplicación del IVA a los servicios de publicidad prestados en Chile a clientes sin domicilio ni residencia en el país.
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 2 N° 2, 5, 12 letra E N° 16, 36, 80 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS). Oficios N° 1154 de 2023, N° 1237 de 2021, N° 2571 de 2021, N° 461 de 2020 y N° 3466 de 2021.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Los servicios de publicidad se gravan con IVA si cumplen los requisitos de territorialidad del artículo 5° de la LIVS, es decir, si se prestan o utilizan en Chile. Se entenderá que el servicio es prestado en Chile cuando la actividad que gener...
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