SII - Oficio N°2914 (23-11-2023)
Oficio N°2914 (23-11-2023) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la deducción como gasto de las sumas pagadas por la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles, permitiendo su amortización como gasto de organización y puesta en marcha, sujeto al cumplimiento de requisitos legales.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2914, de 23.11.2023, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Deducción como gasto de las sumas pagadas por la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles, conforme al Art. 31 N° 9 de la LIR. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante constituyó una sociedad en Chile para comprar cuatro terminales de buses y adquirir la posición de arrendador en los contratos de arrendamiento suscritos entre el vendedor y el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (plazo de 25 años). Se fijó un precio único por la adquisición de los inmuebles y la cesión de los contratos, tasándose la parte correspondiente a cada componente. • Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita confirmar si el desembolso por la cesión de los contratos de arrendamiento debe tratarse como un gasto amortizable en el tiempo (como gasto de organización y puesta en marcha, deducible en hasta 6 ejercicios) o, en su defecto, como un gasto amortizable durante la duración del contrato. • Argumentos del consultante: Tras citar la normativa y pronunciamientos relacionados, el consultante busca la confirmación del tratamiento tributario propuesto. • Doctrina administrativa, normativa y jur...
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