SII - Oficio N°418 (21-02-2024)
Oficio N°418 (21-02-2024) del SII
Abstracto
El SII aclara la aplicación del Convenio para Evitar la Doble Imposición entre Chile y Japón, específicamente en relación con la fuente de los intereses y la retención del Impuesto Adicional, modificando sutilmente la interpretación del Oficio N° 2221 de 2023.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 418, de 21.02.2024, emitido por la Subdirección Normativa, Depto. Normas Internacionales del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la interpretación del Convenio entre Chile y Japón para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y para prevenir la evasión y elusión fiscal, específicamente sobre el Artículo 11, en relación con los artículos 74 N°5 y 79 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. El oficio responde a una solicitud de aclaración del Oficio N° 2221 de 2023.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se solicita al SII aclarar aspectos relacionados con la determinación de la fuente de los intereses y la retención del Impuesto Adicional en el contexto del Convenio entre Chile y Japón, así como la interacción con otros convenios.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Aclarar la procedencia de aplicar la regla de la letra a) del Oficio N° 2221 de 2023 en el caso del Convenio donde se encuentra domiciliada la casa matriz, y en el caso del Convenio del país donde se encuentra el establecimiento permanente y el de residencia del beneficiario de los intereses.
- Detallar el momento y la forma en que debe efectuarse la retención del Impuesto Adicional, y confirmar el uso del Form...
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