SII - Oficio N°751 (18-04-2024)

Oficio N°751 (18-04-2024) del SII

Abstracto

El SII, mediante Oficio N° 751 de 18.04.2024, ratifica que solo el impuesto a las herencias puede ser diferido, conforme al artículo 50 de la Ley N° 16.271 y Circular N° 33 de 2021, excluyendo las donaciones.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 751, de 18 de abril de 2024, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria. Materia: Imposibilidad de diferir el pago del impuesto a las donaciones. Referencia a la Ley N° 16.271, artículo 1 y 50, y Circular N° 33 de 2021.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre la posibilidad de diferir el pago tanto del impuesto a las herencias como del impuesto a las donaciones.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es posible diferir el pago del impuesto a las herencias y donaciones según la Ley N° 16.271?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita los artículos 1° y 50 de la Ley N° 16.271, sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, y la Circular N° 33 de 2021.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII fundamenta su respuesta en la ubicación sistemática del inciso segundo del artículo 50 de la Ley N° 16.271, el tenor literal de la norma y la historia de su establecimiento, que demuestra que la intención del legislador fue flexibilizar el pago del impuesto a las herencias y no a las donaciones.

• Decisión del SII...

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