SII - Oficio N°1091 (30-05-2024)
Oficio N°1091 (30-05-2024) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre los efectos tributarios, en el registro DDAN, al abandonar el régimen de depreciación acelerada, confirmando la vigencia de la Circular 114 de 1977 para el cálculo de la vida útil restante y detallando el tratamiento de la depreciación normal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1091, de 30 de mayo de 2024, de la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII), Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre los efectos de abandonar el régimen de depreciación acelerada en el registro de Diferencia entre Depreciación Acelerada y Normal (DDAN), específicamente en relación con el cálculo de la vida útil restante del bien y el tratamiento de la depreciación en el registro DDAN.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Confirmación de la vigencia de las instrucciones de la Circular N° 114 de 1977 para el cálculo de la vida útil restante al abandonar el régimen de depreciación acelerada.
- Aclaración sobre si al abandonar el régimen de depreciación acelerada se debe reversar todo el efecto en el registro DDAN o seguir controlando el efecto de la nueva depreciación normal versus la depreciación normal original.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita en el documento.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 14, letra A, N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Artículo 31, N° 5 y 5 bis de la LIR.
- Circular N° 114 de 1977.
- Circular N° 153 de 1976.
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