SII - Oficio N°1097 (30-05-2024)
Oficio N°1097 (30-05-2024) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1097 de 30.05.2024, establece que los reajustes e intereses pagados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos por dividendos y venta de acciones no reclamados, son gasto necesario para la renta según el Art. 31 LIR, si son inevitables y no por negligencia.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1097, de 30 de mayo de 2024, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Reajustes e intereses sobre dividendos y venta de acciones puestas a disposición del Cuerpo de Bomberos de Chile.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad anónima chilena entrega periódicamente al Cuerpo de Bomberos de Chile dinero proveniente de dividendos no cobrados por sus accionistas (después de 5 años) y de la venta de acciones de personas fallecidas cuyos herederos no las registraron a su nombre (después de 10 años), conforme a los artículos 85 y 18 de la Ley N° 18.046 sobre sociedades anónimas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los reajustes e intereses pagados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, conforme a la Ley N° 18.046 e instrucciones de la CMF, cumplen los requisitos del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) para ser considerados gastos necesarios para producir la renta.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante busca confirmar si los reajustes e intereses cumplen los requisitos para ser considerados gastos necesarios.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada p...
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