SII - Oficio N°963 (16-05-2024)

Oficio N°963 (16-05-2024) del SII

Abstracto

El SII se pronuncia sobre la tributación de las asociaciones de canalistas, indicando exención de IVA para cuotas de asociados, gravamen con IVA para servicios a terceros no asociados y afectación con impuesto territorial según reglas generales.

Resumen

• Datos básicos del Oficio Oficio N° 0963, de 16.05.2024, emitido por la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Se consulta sobre las obligaciones tributarias de una asociación de canalistas (Título III del Libro Segundo del Código de Aguas), cuya actividad económica corresponde a la captación, tratamiento y distribución de agua (código 360000). Tras la Ley N° 21.420, la asociación estaría obligada a declarar y pagar IVA y tributar en la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). La asociación declara operar sin fines de lucro y ser propietaria, junto a sus accionistas, de los bienes raíces correspondientes al acueducto desde 2009. Recibe pagos de accionistas y otros usuarios por la captación, distribución y mantención del canal matriz y sus derivados.

• Consultas específicas planteadas al SII

  1. Confirmación del régimen tributario aplicable y la corrección del código de actividad económica.
  2. Determinación de si la actividad principal está gravada con impuesto a la renta, IVA e impuesto territorial.
  3. Identificación de los documentos tributarios a emitir por el pago de acciones de riego.
  4. Confirmación de otras obligaciones tributarias además de ...

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