SII - Oficio N°2299 (28-11-2024)
Oficio N°2299 (28-11-2024) del SII
Abstracto
El SII aclara la aplicación del impuesto del 40% del DL 2398 sobre empresas estatales. Determina que solo la empresa estatal directamente, y no sus filiales, es sujeto pasivo, y define la base imponible incluyendo la renta líquida y participaciones.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2299, de 28.11.2024, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Aplicación del impuesto establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 2398 de 1978 (DL N° 2398).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: CCC, empresa estatal, posee el 100% de AAA, la cual a su vez posee el 100% de TTT. QQQ y PPP son accionistas de SSS. TTT será fusionada por absorción en SSS para un proyecto minero, donde SSS será la encargada de la exploración y explotación. Después de la fusión, AAA será accionista de la sociedad subsistente con el 50% más una de sus acciones. Desde 2031, la sociedad subsistente será filial de CCC y podrá transformarse en sociedad anónima desde 2031 hasta 2060 a solicitud de un accionista.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Confirmar si AAA, TTT y SSS son sujetos pasivos del impuesto del artículo 2° del DL N° 2.398.
- Confirmar si dichas sociedades quedan excluidas del impuesto por ser sociedades por acciones.
- Confirmar si el sujeto pasivo del impuesto es CCC y cómo se calcula la base imponible.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante busca confirmar que las sociedades AAA, TTT y SSS no son empresas del Estado ni participan en ellas instituciones del N° 1 del artíc...
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