SII - Oficio N°342 (13-02-2025)
Oficio N°342 (13-02-2025) del SII
Abstracto
El SII rechaza la solicitud de un contribuyente de reconstituir como crédito fiscal el IVA descontado por un giro de restitución del beneficio del art. 2° de la Ley N° 21.353, al no existir norma legal que lo permita.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 342, de 13.02.2025, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Procedencia de restituir como crédito fiscal el remanente de crédito fiscal recuperado en virtud del artículo 2° de la Ley N° 21.353.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El contribuyente solicitó y obtuvo la devolución de remanente de crédito fiscal según el artículo 2° de la Ley N° 21.353. No obstante, no generó débitos fiscales para restituir la devolución y realizó ventas exentas sin restituir el 19% correspondiente. El SII emitió un giro cobrando lo devuelto en 2021, con multas e intereses, descontando el IVA devuelto del remanente de crédito fiscal del contribuyente.
• Consultas específicas planteadas al SII: El contribuyente consulta sobre la procedencia y forma de reconstituir como crédito fiscal el IVA que le fue descontado de su remanente de crédito fiscal al solicitar la devolución original, una vez pagado el giro.
• Argumentos del consultante: El contribuyente argumenta que el giro de restitución debería generar la reincorporación de las sumas descontadas como crédito fiscal de IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 2° de l...
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