SII - Oficio N°344 (13-02-2025)
Oficio N°344 (13-02-2025) del SII
Abstracto
El SII aclara la aplicación de la base imponible especial del artículo 16 letra g) de la LIVS en la venta de inmuebles con nuevas construcciones, determinando que no aplica si el inmueble vendido es distinto al adquirido originalmente sin IVA. Oficio 344, 13.02.2025.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 344, de 13.02.2025, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos. Se refiere a la aplicación de la base imponible establecida en la letra g) del artículo 16 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la base imponible establecida en la letra g) del artículo 16 de la LIVS.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Vigencia del apartado 3.1. de la Circular N° 37 de 2020.
- Procedencia de aplicar la base imponible especial del artículo 16 letra g) de la LIVS a inmuebles adquiridos con construcciones sin IVA, vendidos posteriormente con nuevas construcciones (ya sea previa demolición o utilizándose la construcción original).
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
- Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), Art. 16 letra g.
- Ley N° 21.210.
- Ley N° 20.780.
- Circular N° 37 de 2020.
- Circular N° 42 de 2015.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La base imponible especial del Art. 16 letra g) de la LIVS busca gravar la diferencia entre el precio de ...
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