SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.130.2343.007

¿Cuál es el plazo que tiene un contribuyente afecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA) para hacer uso del Crédito Fiscal, respaldado con Notas de Débito recibidas?

Abstracto

Consulta sobre el plazo para usar el Crédito Fiscal de IVA respaldado con Notas de Débito. La norma general es el período de emisión, excepcionalmente dos meses siguientes si el registro es tardío por causas no imputables, según el Artículo 24 DL 825.

Resumen

Como norma general, el plazo que tiene un contribuyente afecto al IVA para hacer uso del Crédito Fiscal respaldado con Notas de Débito recibidas, corresponde al período de su emisión y, excepcionalmente, dentro de los dos meses siguientes a aquél en que dichas Notas de Débito sean recibidas o se registren con retraso, por cualquier hecho no imputable al contribuyente, según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios....

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