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¿Qué debe hacer un contribuyente que no ha declarado sus boletas de honorarios desde hace tres años?

Abstracto

Consulta tributaria sobre omisión de boletas de honorarios por tres años. Se aborda la Declaración de Renta (F22) y el Artículo 97 N°2 y Artículo 53 del Código Tributario. Se distingue entre contribuyentes obligados y no obligados, aplicando multas y reajustes. La respuesta del SII orienta a la presentación en línea y al cumplimiento normativo.

Resumen

Un contribuyente que no ha declarado sus boletas de honorarios desde hace tres años debe confeccionar su Declaración de Renta por cada año, considerando dos situaciones:

  • Contribuyente obligado a presentar su Declaración de Renta: Al presentar en forma atrasada el Formulario 22 de Renta ante el SII, este contribuyente quedará sujeto a las multas establecidas en el artículo 97, N° 2, más los reajustes e intereses detallados en el artículo 53, ambos artículos detallados en el Código Tributario.

  • Contribuyente no obligado a presentar su Declaración de Renta: Al presentar en forma atrasada el Formulario 22 de Renta ante el SII, no queda sujeto a multas, de acuerdo con las instrucciones que ha entregado el SII.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Declarar Renta (F22) a través de la cual se podrán declarar en línea los impuestos atrasados. Adicionalmente, puede encontrar más información en la opción Ayudas....

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