SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.135.2490.012
¿En la Declaración Jurada 1835 se deben informar sólo los contratos de arriendo suscritos en el ejercicio y agregar los arriendos pagados o devengados en dicho período por contratos firmados antes de ese año?
Abstracto
La consulta sobre la DJ 1835 de bienes raíces arrendados aclara si informar solo contratos del ejercicio o también pagos/devengos de contratos anteriores. El SII precisa que se debe informar el monto del arriendo pagado o devengado en el año, independiente de la fecha de suscripción del contrato, destacando un criterio temporal sobre la ejecución del arriendo.
Resumen
En la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados se deben informar los bienes raíces tomados o entregados en arrendamiento por el monto del arriendo en pesos pagado o devengado durante el año o parte de él, independiente de la fecha en que se haya celebrado el contrato de arriendo respectivo....
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