SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.160.2727.007

¿Cuáles son los parientes colaterales de tercero, cuarto, quinto o sexto grado para efectos del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones?

Abstracto

La consulta tributaria aborda la definición de parientes colaterales de tercer a sexto grado, crucial para el cálculo del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones. El SII detalla quiénes caen en cada categoría, como tíos y primos del causante, impactando la aplicación de tasas y exenciones según la Ley N° 16.271. Es esencial para la correcta declaración de herencias.

Resumen

Los parientes colaterales de tercero, cuarto, quinto o sexto grado, para efectos del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones son:

  • Tíos del causante (persona fallecida): colaterales de tercer grado serán los medios hermanos del padre o madre del causante.

  • Primos del causante: colaterales de cuarto grado serán los hijos de medios hermanos del padre o madre del causante.

  • Hijos de primos del causante: colaterales de quinto grado serán los nietos de los medios hermanos de padre o madre del causante.

  • Nietos de los primos del causante: colaterales de sexto grado serán los bisnietos de los medios hermanos del padre o madre del causante...

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