SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.2754.007

¿Se puede llevar contabilidad simplificada por el arriendo de un bien raíz?

Abstracto

Consulta sobre la posibilidad de llevar contabilidad simplificada para el arriendo de bienes raíces. El SII confirma que es posible, fundamentándose en el Artículo 68 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Esta orientación facilita el cumplimiento tributario para contribuyentes con ingresos por arriendo.

Resumen

Sí, se puede llevar contabilidad simplificada por el arriendo de un bien raíz, de acuerdo con los requisitos dispuestos en el Artículo 68 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas....

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