SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.2867.010
¿En qué recuadro del Formulario 22 de Renta debe ser registrado el exceso de retiros correspondientes al año comercial?
Abstracto
Consulta sobre el registro de exceso de retiros en Formulario 22. El SII indica que, tras Ley N° 20.780 y Circulares N° 70/2014 y N° 10/2015, los retiros en exceso operan solo hasta el 31.12.2014. El saldo a esa fecha debe registrarse en el recuadro correspondiente de Renta.
Resumen
Se hace presente que con motivo de las modificaciones a la Ley de la Renta, introducidas por la Ley N° 20.780 de 2014, a contar del 1° de enero de 2015, existe una nueva normativa con relación a los retiros en exceso, instruida por las siguientes circulares, Circular N° 70 de 2014 y Circular N° 10, de 2015. Los retiros en exceso solo operan hasta el 31.12.2014, cuyo saldo a esa fecha, debe quedar reflejado en el recuadro antes indicado.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas....
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