SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.3331.005
¿Cómo debo tributar por la compra-venta de vehículos usados?
Abstracto
La compra-venta de vehículos usados se clasifica como actividad de Primera Categoría (Art. 20 N° 3 LIR), afectándose con Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario/Adicional. Las ventas del activo realizable están exentas de IVA, mientras la transferencia del bien tiene un impuesto municipal del 1,5%. Se recomienda revisar el Oficio N° 3031 de 2002.
Resumen
Debe tributar de acuerdo a lo siguiente:
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Es una actividad de Primera Categoría, clasificada en el Artículo 20 N° 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo cual se afecta con los impuestos anuales a la renta, Primera Categoría para la empresa y Global Complementario o Adicional para los dueños o socios de la empresa.
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Respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en las ventas de vehículos usados, del activo realizable de la empresa estas operaciones se encuentran exentas del IVA.
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En relación a la transferencia del bien se afecta con un impuesto de beneficio municipal con tasa de 1,5%.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas. Adicionalmente puede consultar esta materia en el menú Normativa y legislación, opción Oficio N° 3031, de 2002....
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