SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.3331.005

¿Cómo debo tributar por la compra-venta de vehículos usados?

Abstracto

La compra-venta de vehículos usados se clasifica como actividad de Primera Categoría (Art. 20 N° 3 LIR), afectándose con Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario/Adicional. Las ventas del activo realizable están exentas de IVA, mientras la transferencia del bien tiene un impuesto municipal del 1,5%. Se recomienda revisar el Oficio N° 3031 de 2002.

Resumen

Debe tributar de acuerdo a lo siguiente:

  1. Es una actividad de Primera Categoría, clasificada en el Artículo 20 N° 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo cual se afecta con los impuestos anuales a la renta, Primera Categoría para la empresa y Global Complementario o Adicional para los dueños o socios de la empresa.

  2. Respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en las ventas de vehículos usados, del activo realizable de la empresa estas operaciones se encuentran exentas del IVA.

  3. En relación a la transferencia del bien se afecta con un impuesto de beneficio municipal con tasa de 1,5%.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas. Adicionalmente puede consultar esta materia en el menú Normativa y legislación, opción Oficio N° 3031, de 2002....

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