SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.3420.011

¿Si un contribuyente de renta presunta con giro de transporte de carga inicia actividades el 15 de noviembre, la base imponible será el 10 % del avalúo del camión dividido por 12?

Abstracto

Consulta sobre la determinación de la base imponible de renta presunta para contribuyentes de transporte de carga que inician actividades. Se establece que la base imponible anual (10% del avalúo del camión) debe ser prorrateada por los meses de actividad si el inicio de actividades no coincide con el comienzo del año comercial. Se fundamenta en el carácter anual de la renta presunta.

Resumen

Sí, la renta presunta que señala la Ley es anual, por lo tanto, en el primer ejercicio se debe considerar como base imponible la proporción respectiva.

Adicionalmente puede consultar esta materia en sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas, Más información....

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