SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.3846.010
¿Cómo se determina el avalúo fiscal de un predio de la serie no agrícola?
Abstracto
La determinación del avalúo fiscal de predios no agrícolas es clave para el Impuesto Territorial. El SII lo calcula sumando avalúo del terreno (superficie x valor unitario ajustado por zona/manzana) y construcciones (superficie x valor unitario por clase/calidad, ajustado por antigüedad y condiciones especiales), conforme a normativa y tablas vigentes.
Resumen
El avalúo fiscal es el valor que el SII le otorga a una propiedad, en base a la normativa legal, definiciones técnicas y tablas de valores vigentes, para efectos de la aplicación del Impuesto Territorial. Está compuesto por la suma de los avalúos del terreno y de las construcciones.
El avalúo de terreno se determina multiplicando la superficie de terreno por el valor unitario ($/m2) respectivo, de acuerdo con lo indicado en el plano de valores de terreno que se encuentra en exhibición en la oficina del SII correspondiente a la jurisdicción del bien raíz. El valor unitario de terreno se obtiene multiplicando el valor por m2 de la zona donde se ubica la propiedad por el factor de ajuste indicado en el plano, para la manzana predial en que se ubique el predio.
El avalúo de las construcciones se determina multiplicando la superficie de la construcción por el valor unitario ($/m2) respectivo. Cada construcción es tasada considerando su clase o material estructural y su calidad. El valor unitario de la construcción se debe ajustar, además, por la antigüedad de la edificación y condiciones especiales, como, por ejemplo, si corresponde a una mansarda, subterráneo, piso zócalo, etc....
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