SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.130.4042.008
¿Los suplementeros deben emitir boletas afectas con Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las ventas de tarjetas telefónicas, video cassettes y otros productos similares o análogos?.
Abstracto
Consulta tributaria sobre la obligación de suplementeros de emitir boletas afectas a IVA por venta de tarjetas telefónicas, videos y otros. El SII dictamina exención de boletas por Resolución Exenta N° 1110 de 1978 y aplicación del Cambio de Sujeto según Resolución Exenta N° 110 de 2005, recayendo la facturación e IVA en el distribuidor.
Resumen
No, considerando que la emisión documentaria en el caso de los suplementeros considera las siguientes situaciones:
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Como suplementeros se encuentran eximidos de la obligación de emitir boletas, en virtud de lo prescrito en la letra b) del dispositivo 1° de la Resolución Exenta N° 1110, de 1978.
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Por otra parte, por operar el Cambio de Sujeto dispuesto en la Resolución Exenta N° 110, de 2005, corresponde al distribuidor emitir la factura al suplementero por el monto de la venta neta efectuada por dicha empresa vendedora, más su respectivo Impuesto a las Ventas y Servicios y, por otra parte, recargar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a los valores agregados o márgenes de comercialización que resulten de acuerdo con los precios convenidos con los suplementeros que venden las especies....
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