SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.4050.009
¿Un trabajador que producto de una licencia médica presenta como informante de sus ingresos en un mismo período a la Isapre o Fonasa y a su único empleador, debe reliquidar el Impuesto Único?
Abstracto
Consulta tributaria sobre la necesidad de reliquidar el Impuesto Único de Segunda Categoría. Un trabajador con licencia médica recibe ingresos de Isapre/Fonasa y su empleador. El SII aclara que los ingresos por licencia médica no constituyen renta según el Artículo 17 N° 13 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo que no requieren reliquidación, a diferencia de la remuneración afecta si excede 13,5 UTM.
Resumen
No debe reliquidar impuesto por la licencia médica, ya que es un ingreso no constitutivo de renta de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 17 N° 13, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Respecto a la remuneración que paga el empleador, la debe afectar con el Impuesto Único de Segunda Categoría si la renta excede 13.5 UTM.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas. Adicionalmente puede consultar esta materia en el Oficio N° 2830 de 2004....
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