SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.4095.007

¿Cuál es el Rut que debe indicarse como adquirente o enajenante en el Formulario 2890, en caso de transferencias realizadas por un Fondo de Inversión regido por la Ley 18.815?

Abstracto

La consulta tributaria se enfoca en el Rut a indicar en el Formulario 2890 para transferencias de bienes raíces de Fondos de Inversión (Ley 18.815). Inicialmente, la Circular N° 26 de 2006 indicaba el Rut de la Sociedad Administradora. Sin embargo, la Circular N° 57 de 2008 la deroga, estableciendo que debe indicarse el Rut del propio Fondo de Inversión.

Resumen

El Rut y Razón Social que debe indicarse es el de la Sociedad Administradora del Fondo de Inversión que participa en la transacción, de acuerdo con lo dispuesto en la Circular N° 26, de 2006. Esta disposición se aplica a partir del 1 de mayo de 2006

Sin embargo, mediante la Circular 57 del 2008, se deroga la Circular N° 26 de 2006 de este Servicio, instruyéndose en su reemplazo que todos los formularios N° 2890 que digan relación con transferencias de bienes raíces en que intervengan fondos de inversión regidos por la Ley N° 18.815, deben completarse indicando en el recuadro relativo a la identificación del adquirente o enajenante, el nombre y RUT del fondo de inversión que participa en la respectiva transacción....

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