SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.5495.008
¿Un Cuerpo de Bomberos puede acceder a los beneficios de la Ley 19.885 sobre donaciones, con fines sociales?
Abstracto
Consulta sobre donaciones a Cuerpos de Bomberos bajo la Ley 19.885. El SII aclara que Bomberos no califica para los beneficios de esta ley, ya que sus fines no se enmarcan en las categorías sociales del Art. 2 (necesidades inmediatas, mejora de oportunidades, o prevención/mitigación de marginación social).
Resumen
No, los fines que tiene el Cuerpo de Bomberos no se encuadra dentro de los señalados en el artículo 2 de la Ley 19.885. En otras palabras:
-
Servicios que respondan a necesidades inmediatas de las personas, tales como la alimentación, vestuario, alojamiento y salud.
-
Servicios orientados a aumentar la capacidad de las personas de mejorar sus oportunidades de vida, tales como la habilitación para el trabajo, nivelación de estudios o apoyo a personas discapacitadas para mejorar sus condiciones de empleabilidad.
-
Servicios que tiendan a prevenir la realización de conductas que marginen socialmente a las personas, o atiendan o mitiguen las consecuencias de tales conductas: orientación familiar, rehabilitación de drogadictos, atención de víctimas de violencia intrafamiliar, y la difusión y promoción entre las personas del ejercicio de sus derechos sociales, por ejemplo.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Ayuda, opción Aprenda Sobre, opción Contribuyentes, opción Actividades Sujetas a Regímenes Especiales y Franquicias, Donaciones....
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.