SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.140.5806.006
¿Si no estoy autorizado a llevar la contabilidad en dólares para el año comercial 2008, podré pagar los impuestos en esa moneda para esta Operación Renta 2009?
Abstracto
Consulta sobre pago de impuestos en dólares para Operación Renta 2009. El SII establece que solo contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en dólares para el año comercial 2008 pueden pagar en esa moneda. Excepción para socios no residentes de sociedades autorizadas (Res. N°43/2009).
Resumen
No, la autorización para declarar y pagar en dólares estadounidenses o euros en la Operación Renta 2009, se otorgará sólo a aquellos contribuyentes autorizados por el SII mediante Resolución para llevar la contabilidad en dólares estadounidenses o euros para el año comercial 2008.
La única excepción, son aquellos contribuyentes que son socios sin domicilio ni residencia en Chile de sociedades autorizadas a declarar y pagar sus impuestos en moneda extranjera, que sin llevar contabilidad, cuentan con la Resolución del SII que los autorice a declarar y pagar su F22 en la misma moneda extranjera en que lo hace la mencionada sociedad conforme a Resolución N°43 del 2009....
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