SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.130.5829.007

¿Que se declara en la línea 44 -Recuperación de Impuesto Específico al Petróleo Diesel (Art. 7 Ley 18.502/86, Art. 1° y 3° D.S. N° 311/86)- del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo?

Abstracto

En la línea 44 del Formulario 29, se declara la recuperación del Impuesto Específico al Petróleo Diesel, conforme al Art. 7 Ley 18.502/86 y D.S. N° 311/86. Esto incluye el impuesto recargado en facturas de compra y el pagado en importaciones. El SII orienta a su sitio web para más detalles.

Resumen

Se declara el impuesto específico al petróleo diesel recargado en las facturas por compras de petróleo diesel y el pagado en las importaciones de este combustible, determinado conforme lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley 18.502 de 1986 y en los artículos 1° y 3° del Decreto Supremo N° 311, de 1986, del Ministerio de Hacienda.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas....

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