SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.013.6368.006
Si requiero disolver una sociedad constituida en el RES, ¿A quién debo informar primero, al Registro o al Servicio?
Abstracto
Consulta sobre el orden de los trámites para disolver una sociedad en el RES. El SII establece que se debe realizar primero el Término de Giro en su sitio web, para luego proceder con la disolución ante el Registro. El criterio es priorizar el cierre tributario.
Resumen
Quienes requieran disolver una sociedad, deberán primeramente realizar el Término de giro por Internet en el www.sii.cl. Luego de ese trámite, podrán requerir la disolución en el Registro.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Ayuda, ¿Cómo se hace para?, Término de giro, opción Efectuar Término de Giro....
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