SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.135.6962.008

¿Las administradoras de fondos deben declarar el formulario 1929?

Abstracto

Consulta sobre la declaración del Formulario 1929 (Inversiones en el Exterior) por administradoras de fondos. El SII indica que Fondos de Inversión Públicos, Mutuos y Privados deben presentarlo si invierten en el exterior. Se exceptúan las AFP por los fondos administrados, pero deben informar sus propias inversiones. Se debe indicar la razón social del fondo, no los partícipes.

Resumen

El formulario 1929, debe ser presentado por contribuyentes con domicilio o residencia en Chile, incluyendo a las administradoras de patrimonios de afectación tales como Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privado, donde a través de los mismos se invierta en el exterior. Se exceptúan las Administradores de Fondos de Pensiones quienes no deberán informar las inversiones o rentas que digan relación con los fondos que Administra. Sin perjuicio de los anterior, dichas entidades deberán informar sus propias inversiones y rentas que estas generen.

Conjuntamente, considere que para efectos de declaración del formulario 1929, las sociedades de administradoras de Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privado, deben indicar la razón social del fondo de inversión, a través del cual se invierte en el exterior, sin que sea necesario detallar a los partícipes del fondo.

 Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, Declaraciones juradas de Renta, Material de ayuda, opcion Más Información....

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