SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.7216.003

¿De quién es la responsabilidad de pagar la cuota de aseo?

Abstracto

Responsabilidad del pago del derecho de aseo. El SII aclara que el pago recae en el dueño u ocupante (usufructuario, arrendatario, mero tenedor). Se establece que los ocupantes no transfirientes no adeudan montos anteriores. El arrendatario pagador puede deducir del arriendo.

Resumen

El derecho de aseo será pagado por el dueño o por el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario. No obstante, los usufructuarios, arrendatarios y, en general, los que ocupen la propiedad en virtud de un acto o contrato que no importe transferencia, no estarán obligados a pagar el derecho de aseo devengado con anterioridad al acto o contrato; efectuado el pago por el arrendatario, éste quedará autorizado para deducir la suma respectiva de los cánones de arrendamiento....

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