SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.7266.002
¿Quién define cuáles son los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros y a cuáles de ellos se les cobra la sobretasa?
Abstracto
La consulta se enfoca en la identificación y aplicación de la sobretasa a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros. La Ley N° 21.078 establece que las municipalidades informan al SII la nómina de estas propiedades urbanas. La sobretasa del 100% aplica a las propiedades afectas, con excepciones para zonas de extensión urbana o sin servicios sanitarios. Se aborda la definición y aplicación de una sobretasa de bienes raíces.
Resumen
Con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.078, sobre Transparencia del Mercado del Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano, son las municipalidades las que deben informar al SII la nómina de propiedades correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, ubicadas en las áreas urbanas de cada comuna.
De este grupo de propiedades, aquellas que se encuentren afectas, pagarán una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto, con excepción de las que se encuentren ubicadas en las áreas de extensión urbana o urbanizables, y de las localizadas fuera de los límites del área geográficas donde se prestan los servicios públicos de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas....
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