SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.7266.002

¿Quién define cuáles son los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros y a cuáles de ellos se les cobra la sobretasa?

Abstracto

La consulta se enfoca en la identificación y aplicación de la sobretasa a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros. La Ley N° 21.078 establece que las municipalidades informan al SII la nómina de estas propiedades urbanas. La sobretasa del 100% aplica a las propiedades afectas, con excepciones para zonas de extensión urbana o sin servicios sanitarios. Se aborda la definición y aplicación de una sobretasa de bienes raíces.

Resumen

Con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.078, sobre Transparencia del Mercado del Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano, son las municipalidades las que deben informar al SII la nómina de propiedades correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, ubicadas en las áreas urbanas de cada comuna.

De este grupo de propiedades, aquellas que se encuentren afectas, pagarán una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto, con excepción de las que se encuentren ubicadas en las áreas de extensión urbana o urbanizables, y de las localizadas fuera de los límites del área geográficas donde se prestan los servicios públicos de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas....

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora