SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.7580.004

¿Qué bienes raíces no se consideran en el cálculo de impuesto Sobretasa Bienes Inmuebles ?

Abstracto

La consulta sobre Sobretasa a Bienes Raíces aborda qué propiedades quedan excluidas. El SII aclara que bienes exentos por Ley de Impuesto Territorial, inmuebles de Pymes del régimen 14-D afectos al giro, y bienes raíces de fondos de pensiones (DL 3500, art. 45 N) no se incluyen en el cálculo, fundamentado en la normativa tributaria.

Resumen

Existen 3 grupos de bienes raíces que no se consideran en el cálculo de impuesto Sobretasa, estos son:

1. Bienes raíces exentos del 100% del Impuesto Territorial, los cuales se detallan en cuadro anexo de Ley de Impuesto Territorial

2. Bienes raíces que sean destinados en parte o en su totalidad al negocio o giro de la empresa de propiedad de un contribuyente que tribute conforme al régimen Pro Pyme 14-D y que sean destinados en parte o en su totalidad al negocio o giro de empresa correspondiente.

3. Bienes raíces en que inviertan y sean dueños los fondos de pensiones conforme a la autorización dispuesta en la letra N) del Artículo 45 del Decreto Ley Nº3500 de 1980 y las instrucciones que al efecto ha impartido la Superintendencia de Administradora de Fondos de Pensiones respecto de la citada letra N), no forman parte de la letra N) referida las inversiones en bienes raíces que puedan efectuar las Sociedades Administradoras de dichos fondos para el desarrollo propio de su actividad de administración....

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