SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.380.7677.004
¿Qué deben hacer los contribuyentes, si no pueden emitir boletas electrónicas o boletas no afectas o exentas electrónicas, por alguna de las situaciones de excepción prevista en las leyes?
Abstracto
Consulta sobre la emisión de boletas electrónicas: ¿Qué hacer si no se pueden emitir boletas electrónicas o boletas no afectas/exentas electrónicas por situaciones de excepción legal? El SII indica presentar una petición administrativa (Formulario 2117) online o presencialmente, solicitando la excepción conforme a la Ley N°20.727 de 2014, adjuntando antecedentes.
Resumen
Debe presentar una petición administrativa (formulario 2117) de ser posible online, en la sección Servicios online, menú Peticiones administrativas y otras solicitudes, o en caso de imposibilidad de hacerlo mediante dicho aplicativo, debe presentarla en la Dirección Regional o en la Unidad del Servicio correspondiente al domicilio de la casa matriz del contribuyente, o en la Dirección de Grandes Contribuyentes, según corresponda, solicitando exceptuarse de la obligación de emitir documentos tributarios en formato electrónico, por encontrarse en alguna de las situaciones de excepción, conforme la Ley N°20.727 de 2014, aportando los antecedentes que fundamenten su petición.
El procedimiento que fija la forma de presentación y tramitación de las solicitudes de excepción de emitir documentos electrónicos (DTE´s), una vez que el contribuyente esté obligado por Ley con dicha modalidad de emisión.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios....
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