SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.165.7792.004

¿Quién define cuáles son los sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros y a cuáles de ellos se les cobra la sobretasa?

Abstracto

La Ley N° 21.078 establece que las municipalidades definen los sitios no edificados, abandonados o pozos lastreros en zonas urbanas. El SII aplica una sobretasa del 100% a estos predios, excepto los ubicados en áreas de extensión urbana o fuera de la cobertura de servicios de agua y alcantarillado.

Resumen

Con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.078, sobre Transparencia del Mercado del Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano, son las municipalidades las que deben informar al SII la nómina de propiedades correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicadas en las áreas urbanas de cada comuna.

De este grupo de propiedades, aquellas que se encuentren afectas, pagarán una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto, con excepción de aquellas que se encuentre ubicadas en las áreas de extensión urbana o urbanizables, y de las localizadas fuera de los límites del área geográfica donde se prestan los servicios públicos de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas....

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