SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.250.7872.002

¿Debo declarar y pagar impuestos si obtengo rentas por el mayor valor provenientes de la compra y venta de criptomonedas?

Abstracto

Consulta sobre tributación de ganancias por compraventa de criptomonedas. El SII indica que son rentas afectas a impuestos. Pueden ser rentas del Art. 17 N°8 letra m) LIR (solo IGC/IA) para personas naturales sin EIRL, o Art. 20 N°5 LIR (IDPC e IGC/IA) para jurídicas/empresarios individuales con asignación empresarial. Criterio: ganancias afectas a impuestos.

Resumen

Sí, corresponde declarar y pagar impuestos sobre estas operaciones, ya que las ganancias obtenidas en las actividades de compra y venta de criptomonedas son rentas afectas a impuestos. Estas rentas pueden clasificarse como:

a) Rentas del artículo 17, N° 8 letra m) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que tributan sólo con Impuesto Global Complementario o Adicional, en base percibida, cuando son obtenidas por personas naturales, y no se originan en bienes asignados a su empresa individual.

b) Rentas del artículo 20, N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta que se afectan con los impuestos generales de dicha ley, esto es, Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario o Adicional, pudiendo deducir como crédito contra el Impuesto Global Complementario el Impuesto de Primera Categoría pagado, cuando son obtenidas por personas jurídicas y empresarios individuales que tengan asignados estos bienes en su empresa individual....

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