SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.135.7951.004

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada anual sobre Precios de Transferencia, formulario N°1907?

Abstracto

Consulta sobre la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada anual sobre Precios de Transferencia (F°1907) según el Art. 41 E N°1 LIR. El SII establece que deben presentarla medianas y grandes empresas con operaciones internacionales con partes relacionadas, y otros contribuyentes si las operaciones exceden los $500.000.000. Criterio clave es el umbral de monto de operaciones para ciertos contribuyentes.

Resumen

La Declaración Jurada anual sobre precios de transferencia, formulario N°1907, debe ser informada por:

  1. Contribuyentes que al 31 de diciembre del año comercial que se informa, pertenezcan a los segmentos de Medianas Empresas o Grandes Empresas y que en dicho año hayan realizado operaciones con partes relacionadas que no se encuentren domiciliados, residentes o establecidos en Chile, de acuerdo con las normas establecidas en el N°1 del artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta;
  2. Contribuyentes que no estando comprendidos en los segmentos señalados en la letra a) anterior, durante el periodo que corresponda informar, hayan realizado operaciones con partes relacionadas que no se encuentren domiciliados, residentes o establecidos en Chile, de acuerdo con lo dispuesto en el N°1 del artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta, siempre que en todos los casos las operaciones excedan los $ 500.000.000 (quinientos millones de pesos chilenos), o su equivalente de acuerdo a la paridad cambiaria entre la moneda nacional y la moneda extranjera en que se realizaron dichas operaciones, vigente al 31 de diciembre del año comercial que se informa, de acuerdo a publicación efectuada por el Banco Central de Chile....

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