SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.440.8173.003
¿Quiénes quedan excluidos del Subsidio?
Abstracto
Esta consulta tributaria aborda la exclusión de beneficiarios del Subsidio al Sueldo Mínimo MIPYMES. El artículo 10° de la ley correspondiente excluye a EIRL y SpA con un único trabajador que sea el constituyente/socio, personas jurídicas con socios jurídicos iniciadas desde abril 2022, y entidades financieras/de seguros al 30 de abril de 2022. Se detalla el criterio tributario de exclusión.
Resumen
Según el artículo 10° de la Ley quedan excluidas de este subsidio:
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Las empresas individuales de responsabilidad limitada que tengan un único trabajador o una única trabajadora dependiente que coincida con él o la constituyente de la empresa.
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Las sociedades por acciones que tengan un único trabajador o una única trabajadora dependiente que coincida con alguno de los socios o alguna de las socias de la sociedad.
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Las personas jurídicas de cualquier tipo que tengan uno o más socios o socias o accionistas que sean, a su vez, personas jurídicas, y que hayan informado inicio de actividades desde el 30 de abril de 2022.
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Quienes, al 30 de abril de 2022 y durante la vigencia del subsidio desempeñen actividades financieras y de seguros de acuerdo con los códigos de actividad económica del Servicio de Impuestos Internos.
Puede obtener más información consultado en nuestro sitio web sii.cl, portal Subsidio Sueldo Mínimo MIPYMES....
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