SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.440.8204.003
Como trabajador dependiente, ¿estoy afecto a alguna retención legal para el pago de las cuotas anuales?
Abstracto
Consulta sobre retención legal para cuotas anuales de trabajadores dependientes, específicamente el Préstamo Solidario. A partir del 01/09/2022, se aplica una retención adicional del 3% a las remuneraciones. El empleador debe retener y pagar este monto, informado por el trabajador o el SII. Se fundamenta en la Ley N° 21.525 y Ley N° 21.323.
Resumen
La ley estableció que a partir del 01 de septiembre de 2022 se aplicará una retención adicional de un 3% a la retención que se les aplica a las remuneraciones que sean pagados por los empleadores.
En el caso de las personas que reciben remuneraciones, su empleador deberá efectuar la retención mensual del 3% de esas remuneraciones, pasando a tener la obligación de pagar mensualmente este monto retenido. Para hacer efectivo esto, quienes hayan obtenido el Préstamo Solidario del Estado, deberán informarlo a su empleador. Asimismo, el SII enviará la información de los trabajadores informados en la Declaración Jurada (DJ) 1887 que tienen un saldo de préstamo por enterar, además se cuenta con una aplicación, mediante la cual el empleador podrá consultar si su o sus trabajadores tienen un saldo de préstamo por enterar.
Puede obtener más información relativa a la Normativa relacionada a la Ley N° 21.525, de 2020 y Ley N° 21.323, de 2021 o visite el Portal Préstamo Solidario 2021....
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