SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.120.8255.002

¿Qué empresas de servicios no se encuentran contemplados en la Ley N° 21.431?

Abstracto

Esta consulta tributaria aclara qué plataformas no son consideradas "empresas de plataformas digitales de servicios" bajo la Ley N° 21.431. El SII establece que aquellas que solo publican anuncios de servicios o bienes, incluso si permiten la contratación, no están sujetas a esta normativa. El criterio tributario destacable es la distinción entre intermediación y mera publicación.

Resumen

No se considerarán como empresas de plataformas digitales de servicios aquellas plataformas que se limiten a publicar anuncios de prestación de servicios de personas naturales o jurídicas, o bien anuncios de venta o arriendo de bienes muebles o inmuebles, aun cuando la contratación de dichos servicios pueda hacerse a través de la plataforma, para los efectos de esta Ley....

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora