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El plazo de pago de las cuotas de contribuciones que vencen un día inhábil, ¿se prorrogan para el día hábil siguiente?

Abstracto

En materia de contribuciones de bienes raíces, el SII confirma que el plazo de pago de las cuotas que vencen un día inhábil se prorroga automáticamente para el día hábil siguiente. Esta prórroga aplica sin importar si el pago se efectúa de manera electrónica o presencial, aclarando un criterio tributario fundamental sobre plazos.

Resumen

Sí, para las cuotas de contribuciones que vencen un día inhábil se prorrogarán para el día hábil siguiente, ya sea que el pago se realice electrónicamente por Internet, o presencial de forma directa en bancos e instituciones financieras autorizadas.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Avalúos y Contribuciones de bienes raíces, opción Mis bienes raíces (información integrada), Estado de pago de cuotas de Contribuciones o en Contribuciones y certificados de avalúo y antecedentes para terceros, Pagar contribuciones....

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