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¿Cómo puedo presentar una impugnación contra el nuevo avalúo?

Abstracto

Consulta sobre impugnación de avalúo. El contribuyente pregunta cómo impugnar un nuevo avalúo. El SII indica dos vías: Recurso de Reposición Administrativa (vía web/presencial) o Reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA). Criterio destacable es la dualidad de vías de impugnación.

Resumen

Para presentar una impugnación contra el nuevo avalúo se disponen las siguientes alternativas:

  • Recurso de Reposición Administrativa ante el SII:    A través de la página web del Servicio de Impuestos Internos, en el portal de Reavalúo de Sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros 2025 disponible en la sección “destacados”, opción “Reavalúo de Bienes Raíces”, luego “Sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros 2025”, Información y ayuda, seleccionar la opción “Solicitudes de bienes raíces”. Excepcionalmente se puede presentar el Recurso de Reposición Administrativa en forma presencial, en cualquier oficina del SII, adjuntando los antecedentes que fundamenten su petición.
  • Reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA):   Se debe realizar en la jurisdicción de la comuna en que se encuentra ubicado el bien raíz. Para conocer la ubicación de los TTA, se sugiere consultar en la página web de los Tribunales....

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