SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.380.8795.002
¿Qué sanciones se aplican por incumplir estas nuevas obligaciones?
Abstracto
La consulta tributaria aborda las sanciones por incumplimiento de obligaciones de boleta y comprobante electrónico según Resolución N°53 de 2025. El SII indica que el no otorgamiento se sanciona por Art. 97 N°10 del Código Tributario, otros incumplimientos por Art. 109, y consumidores que no exijan documento por Art. 97 N°19.
Resumen
El no otorgamiento o no puesta a disposición de la boleta electrónica y/o del comprobante de pago electrónico se sancionará de acuerdo con el artículo 97 N°10 del Código Tributario.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en la resolución N°53 de 2025, se sancionará de acuerdo con el artículo 109 del mismo Código.
Además, los consumidores finales que no exijan su documento tributario podrán ser sancionados en virtud del N°19 del artículo 97 del Código Tributario....
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