SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.135.8798.002
¿Existe alguna sanción por el retardo u omisión en la presentación de la Declaración Jurada 1955 denominada “Declaración Jurada Anual sobre Reporte de saldos y sumas de abonos de cuentas financieras?
Abstracto
Consulta sobre las sanciones por el retardo u omisión en la presentación de la Declaración Jurada 1955. El SII, basándose en la Resolución N°113 de 2022 y el Artículo 85 bis, letra k) del Código Tributario, establece que dicha infracción será sancionada.
Resumen
El retardo u omisión de la obligación de presentar el reporte en los casos, forma y oportunidad señalados en la Resolución N°113 de 2022, será sancionado en la forma prescrita en el Artículo 85° bis, letra k) del Código Tributario, según corresponda....
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