Suprema - Rol 3197-2005
GAS LICUADO LIPIGAS S.A. CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por , confirmando la sentencia que denegó la devolución de crédito fiscal solicitada al amparo de la Ley N°19.030, al no ser considerado un tributo.
Resumen
• Datos básicos del caso interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que confirmó la resolución del tribunal tributario de la misma ciudad, la cual negó lugar al reclamo contra la Resolución Administrativa RES.DRE 05.01 N°330, de 16 de abril de 2002.
• Antecedentes procesales relevantes El tribunal tributario de Valparaíso negó el reclamo de contra la Resolución Administrativa RES.DRE 05.01 N°330, de 16 de abril de 2002. La Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó dicha sentencia. interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos La Resolución Administrativa RES.DRE 05.01 N°330 denegó la petición de de devolución de crédito fiscal conforme a la Ley N°19.030, por no haber sido solicitada dentro del plazo legal, según el artículo 126 N°3 del Código Tributario.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el crédito fiscal contemplado en el artículo 6° de la Ley N°19.030 tiene la naturaleza de tributo y si, por lo tanto, su devolución puede ser solicitada a través del mecanismo establecido en el artículo 126 N°3 del Código Tributario.
• Argumentos de las partes argumenta qu...
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