Suprema - Rol 3374-2005

CERAMICAS CORDILLERA EN CONTRA DE MUNICIPALIDAD DE QUILICURA

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por Cerámicas Cordillera S.A., confirmando la legalidad de la invalidación del permiso de edificación debido a infracciones normativas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Resumen

• Datos básicos del caso Empresa “Cerámicas Cordillera S.A.” interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el reclamo de ilegalidad contra la Resolución de la Dirección de Obras Municipales N°31, de 07 de junio de 2000, y contra el Oficio Alcaldicio N° 557/2000, de 08 de septiembre de 2000, que dejaron sin efecto el permiso de edificación Nº10, de 07 de abril de 1999.

• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por Cerámicas Cordillera S.A. contra las resoluciones municipales que invalidaron el permiso de edificación. Contra esta decisión, la empresa interpone recurso de casación en el fondo.

• Hechos establecidos

  1. La planta de acopio y mezclado de arcilla se encuentra en terrenos del Parque Metropolitano, zona no industrial.
  2. La planta opera sin patente municipal y no tiene recepción final de las construcciones.
  3. La empresa no probó ser dueña del inmueble, solo acreditó ser titular de una pertenencia minera.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la Corte de Apelaciones incurrió en errores de derecho al rechazar el reclamo de ilegalidad, manteniendo las resoluciones que dejaron sin efecto el perm...

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