Suprema - Rol 5867-2004
ESPINOZA SILVA MARIA DEL TRANSITO CON CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOC. DE ÑUÑOA
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por una profesora contra la Corporación Municipal de Ñuñoa, confirmando la legalidad de su despido por salud incompatible y la no procedencia de indemnización.
Resumen
• Datos básicos del caso , Profesora de Educación Básica, demanda a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Ñuñoa por despido injustificado, solicitando el pago de prestaciones, intereses, reajustes, multas y costas.
• Antecedentes procesales relevantes La demanda es rechazada en primera instancia por el Cuarto Juzgado del Trabajo de Santiago. La Corte de Apelaciones de Santiago confirma la sentencia. La demandante interpone recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos La actora fue despedida por salud incompatible con el cargo, según lo previsto en la letra g) del artículo 72 del Estatuto Docente.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el despido por salud incompatible da derecho a las indemnizaciones contempladas en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.070, asimilándolo a un despido por necesidades de la empresa o falta de adecuación laboral. Determinar si era necesario un sumario administrativo previo al despido.
• Argumentos de las partes Demandante (recurrente): El despido por salud incompatible debe asimilarse a las causales del artículo 161 del Código del Trabajo (necesidades de la empresa), dando derecho a indemnización según el artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.070...
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