Suprema - Rol 3848-2004
CARIS RIOS LUIS C/ BANDO DEL ESTADO DE CHILE
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo, estableciendo que la indemnización por años de servicio debe sujetarse al límite de 330 días de remuneración según el artículo 163 del Código del Trabajo, especialmente para contratos posteriores al 14 de agosto de 1981.
Resumen
• Datos básicos del caso demanda al Banco del Estado de Chile por despido injustificado, solicitando el pago de indemnizaciones y prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes El Primer Juzgado del Trabajo de Santiago acogió la demanda solo respecto a la compensación de feriado. La Corte de Apelaciones de Santiago revocó esta decisión, condenando al banco a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicio, esta última incrementada en un 20%. El Banco del Estado interpone recurso de casación en el fondo contra esta última sentencia.
• Hechos establecidos El demandante prestó servicios para el Banco del Estado como vigilante desde el 16 de diciembre de 1981 hasta el 3 de diciembre de 1999, con una remuneración de $576.612.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la indemnización por años de servicio debe estar sujeta al tope de 330 días de remuneración establecido en el artículo 163 del Código del Trabajo, considerando la fecha de inicio de la relación laboral (posterior al 14 de agosto de 1981).
• Argumentos de las partes La demandante ( ) solicita se declare injustificado el despido y se le pague...
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