Suprema - Rol 4549-2005
SIND. N°1 TRAB. MINERA ESCONDIDA C/ MINERA ESCONDIDA LTDA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandado, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que calificó el pago como bono de término de conflicto, no como gratificación.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde a un recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta de fecha 8 de agosto de 2005.
• Antecedentes procesales relevantes Se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo conforme al artículo 782 del Código de Procedimiento Civil. El demandado interpuso el recurso de casación en el fondo. La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictó la sentencia recurrida, con fecha 8 de agosto de 2005.
• Hechos establecidos Los jueces del fondo establecieron que el monto pagado a los trabajadores corresponde a un bono de término de conflicto.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La cuestión jurídica central es determinar si la suma de $2.000.000 pagada a los trabajadores corresponde a una gratificación o a un bono de término de conflicto, y si la sentencia recurrida incurrió en errores de derecho al calificar dicho pago y al no aplicar correctamente las normas laborales y civiles pertinentes.
• Argumentos de las partes El recurrente (demandado) argumenta que la sentencia de segundo grado incurre en una errónea interpretación del derecho al concluir que la suma de $2.000.000 no es una gratificación, vulnerando los artículos 42 letra e), 46 y 47 del Código del Tr...
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