Suprema - Rol 5889-2004
INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO NOR-ORIENTE C/ MARKETING Y PROMOCIONES LTDA.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación, invalidando sentencia que condenó a empresa por prácticas antisindicales. Se determina que la empresa ya había sido sancionada administrativamente por los mismos hechos, vulnerando el principio non bis in idem.
Resumen
• Datos básicos del caso La Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Nor Oriente denunció a la empresa Marketing y Promociones Limitadas por prácticas antisindicales, vulnerando los artículos 1 inciso tercero y 19 N 19 de la Constitución Política de la República; 1 y 2 del Convenio N 98 de la Organización Internacional del Trabajo y 289 a 291 del Código del Trabajo.
• Antecedentes procesales relevantes El Séptimo Juzgado del Trabajo de Santiago acogió la denuncia, condenando a la empresa al pago de 10 UTM. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia. La empresa denunciada interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos La Inspección del Trabajo se basó en denuncias del Sindicato de Trabajadores de la empresa, relativas al despido ilegal de dirigentes sindicales y un socio, un día antes de la asamblea constitutiva del sindicato (21 de marzo de 2002). Si bien fueron reincorporados el 5 de abril de 2002, posteriormente se les cambió la ruta de trabajo, impidiéndoles participar en reuniones y percibir bonos de locomoción. La empresa reincorporó a los trabajadores, permitió las reuniones y pagó los bonos.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la sanción administrativa previa impuesta por la Inspección del Trabajo por vulner...
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