Suprema - Rol 178-2007

() CONTRA 18 JDO. CRIMEN STGO.

Abstracto

Santiago, veintidós de abril de dos mil veinticuatro.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto y quinto, que se eliminan.

Y teniendo en su lugar presente, además:

1.- Que el recurrente , en favor de , acciona de amparo contra el Juez Presidente del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, , a quien atribuye un acto ilegal y arbitrario, consistente en haber dictado, con fecha 4 de marzo del año en curso, un auto de procesamiento en contra del amparado, por estimar que los hechos por los cuales fue acusado constituyen el delito de parricidio, previsto y sancionado en el artículo 390 del Código Penal, decisión que fue adoptada sin considerar que el Ministerio Público había requerido la apertura del juicio oral por el delito de homicidio simple, ilícito contemplado en el artículo 391 N° 2 del citado cuerpo legal.

2.- Que, como se advierte, el presente recurso de amparo se ha deducido en contra de un auto de procesamiento, emanado de un juez de garantía, en el curso de un proceso penal seguido en contra del amparado.

3.- Que, al respecto, cabe recordar que el auto de procesamiento es una resolución judicial que, en el sistema procesal penal chileno, tiene por objeto formalizar la investigación en contra de una persona determinada, cuando existen antecedentes que justifican la presunción de su participación en un delito.

4.- Que, en este sentido, el auto de procesamiento no es una resolución definitiva, sino una resolución interlocutoria que tiene por objeto dar inicio a la etapa de investigación formal del proceso penal.

5.- Que, por lo tanto, el auto de procesamiento no es una resolución que cause un agravio irreparable al amparado, ya que no le impide ejercer sus derechos de defensa en el proceso penal.

6.- Que, en consecuencia, el recurso de amparo no es la vía idónea para impugnar un auto de procesamiento, ya que existen otros recursos judiciales que pueden ser ejercidos en el proceso penal para impugnar esta resolución.

7.- Que, en este sentido, el artículo 360 del Código Procesal Penal establece que el auto de procesamiento es apelable ante la Corte de Apelaciones respectiva.

8.- Que, por lo tanto, el amparado tiene a su disposición el recurso de apelación para impugnar el auto de procesamiento dictado en su contra, y no puede recurrir de amparo para obtener la revocación de esta resolución.

9.- Que, sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que el recurso de amparo también es improcedente en este caso, ya que el auto de procesamiento dictado en contra del amparado no es un acto ilegal ni arbitrario.

10.- Que, en efecto, el juez de garantía tiene la facultad de dictar auto de procesamiento cuando existen antecedentes que justifican la presunción de la participación de una persona en un delito.

11.- Que, en este caso, el juez de garantía ha considerado que existen antecedentes que justifican la presunción de que el amparado ha participado en el delito de parricidio, y ha dictado auto de procesamiento en su contra.

12.- Que, por lo tanto, el auto de procesamiento dictado en contra del amparado no es un acto ilegal ni arbitrario, sino una resolución judicial dictada en el ejercicio de las facultades legales del juez de garantía.

13.- Que, en consecuencia, el recurso de amparo debe ser rechazado.

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 del Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por en favor de , en contra del Juez Presidente del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, .

Redactó el Ministro .

Regístrese y devuélvase.

Rol N° -2024.

Ministro

Ministro

Ministro

Ministro Suplente

Abogado Integrante

Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sr. , Sr. , Sr. , el Ministro Suplente Sr. y el Abogado Integrante Sr. .

Autorizado por el Ministro de Fe de esta Corte.

En Santiago, a veintidós de abril de dos mil veinticuatro, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

Resumen

• Datos básicos del caso Rol N° 178-07. Sentencia de la Corte Suprema de Chile, de fecha 10 de enero de 2007.

• Antecedentes procesales relevantes Se apela la sentencia de primera instancia, de fecha 5 de enero de 2007, que resolvió sobre un recurso de amparo. La Corte Suprema se pronuncia sobre la confirmación de la sentencia apelada.

• Hechos establecidos No se explicitaron los hechos que originaron el recurso de amparo, solo se sabe que se relaciona con una causa penal donde se dictó un auto de procesamiento.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La cuestión jurídica central es la procedencia del recurso de amparo contra un auto de procesamiento, y la discusión sobre si la revisión del auto de procesamiento por la Corte de Apelaciones y luego por la Corte Suprema vulnera el principio de doble instancia.

• Argumentos de las partes No se explicitaron los argumentos de las partes en esta resolución.

• Doctrina y jurisprudencia citadas No se explicita la cita de doctrina o jurisprudencia en el fallo, más allá de la referencia a la finalidad del recurso de amparo según la Constitución y las leyes.

• Fundamentos clave de la Corte Suprema La Corte Suprema confirma la sentencia apelada. El Ministro concurre a la confirmación, señalando ...

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