Suprema - Rol 4005-2005

ALEGRIA MELO VICTOR CON ESCOBAR MENDOZA JOEL

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en la forma, confirmando la responsabilidad subsidiaria del contratista (Consorcio Febrag S.A.) en accidente laboral, aunque no sea dueño de la obra, priorizando la protección al trabajador según el Código del Trabajo.

Resumen

• Datos básicos del caso Don demanda a y al Consorcio Febrag S.A., Proyecto Ralco, por indemnización de daño emergente, lucro cesante y daño moral debido a un accidente laboral.

• Antecedentes procesales relevantes El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles acoge parcialmente la demanda, condenando a y, en subsidio, al Consorcio Febrag S.A. al pago de una indemnización por daño moral. La Corte de Apelaciones de Concepción confirma la sentencia de primera instancia. El Consorcio Febrag S.A. interpone recurso de casación en la forma.

• Hechos establecidos Si bien el Consorcio Febrag S.A. no era el dueño de la obra, sí actuaba como contratista.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sentencia de la Corte de Apelaciones incurrió en ultrapetita al condenar subsidiariamente al Consorcio Febrag S.A., pese a que el demandante originalmente lo identificó erróneamente como dueño de la obra.

• Argumentos de las partes El demandante solicita indemnización por los daños sufridos en el accidente laboral. alega haber adoptado las medidas de seguridad necesarias y niega la relación laboral con el operador de la grúa. El Consorcio Febr...

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