Suprema - Rol 5634-2005
ARROS GARCIA RODRIGO / ARIAS HERMANOS LTDA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación, confirmando la incompetencia del juzgado laboral para ejecutar una escritura pública de reconocimiento de deuda laboral, al no ser un título ejecutivo emanado de la legislación laboral.
Resumen
• Datos básicos del caso Don demanda ejecutivamente a Arias Hermanos Limitada y a , como codeudor solidario, ante el Segundo Juzgado del Trabajo de Puerto Montt, buscando el pago de prestaciones laborales adeudadas según escritura pública de 24 de octubre de 2002.
• Antecedentes procesales relevantes El tribunal de primera instancia acogió la excepción de incompetencia absoluta opuesta por los ejecutados, sin pronunciarse sobre las demás excepciones. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó esta decisión. El ejecutante interpuso recurso de casación en el fondo contra la sentencia de segunda instancia.
• Hechos establecidos a) El demandante funda su acción en una escritura pública donde la demandada reconoce adeudar $7.088.603 por concepto de finiquito laboral al 15 de agosto de 2002, pagaderos en cuotas. b) Los ejecutados oponen incompetencia absoluta, argumentando que la escritura pública no es un título ejecutivo según el Código del Trabajo (art. 462) y que no se acreditó la relación laboral. c) El ejecutante alega que la escritura pública sí constituye título ejecutivo laboral por remisión del artículo 461 del Código del Trabajo al Código de Procedimiento Civil (art. 434 N° 2).
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Cor...
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